A MIS AMIGOS

Lucho contra todo tipo de injusticias, en especial las provocadas por la L.I.V.G. y los sobresueldos (lease estafa al pueblo Español) de la CASTA. Si eres autor de algún artículo subido a este blog y no deseas que el mismo este publicado aquí, ruego me lo comuniques por via e-mail. Logicamente solicitaré tu identificación para evitar ser víctima de algún indeseable. http://libertadexpresion-stfn.blogspot.com E-mail: stfnwave@gmail.com



sábado, 23 de julio de 2011

Un poco de Cordura en el PODER JUDICIAL

La Audiencia Provincial anula todas las pretensiones de Lydia Bosch


 Viernes, 22 julio 2011

Según la sentencia nº 835 dictada por tres magistrados de la Audiencia Provincial de Madrid y fechada el 20 de julio del 2011, a la que ha tenido acceso Vanitatis, Alberto Martín no deberá abonar a su ex-mujer los 350.000 euros que ésta solicitaba y que el juez de Pozuelo de Alarcón (Madrid) le obligaba a pagar en primera instancia. Además se rebajan los 7.000 euros de manutención impuesta en la sentencia de divorcio a 2.800 euros para los dos niños y se fija que los gastos extraordinarios se pagarán a medias y que deberán ser aceptados de manera consensuada y justificados previamente. Antes no hacía falta la aprobación por parte de Alberto Martín.

En el dictamen legal hay también una variación sustancial respecto al que fuera el hogar conyugal y que desde la separación matrimonial ocupa Lydia Bosch, junto a la hija que tuvo con Micky Molina y los mellizos, hijos de Alberto Martín. Ahora la audiencia ha enjuiciado que la casa, propiedad al 50% de cada uno de los ex cónyuges, le corresponderá seis meses a cada uno. Y quizá lo más importante y definitivo para Alberto Martín, que en su día solicitó la custodia compartida, ha sido su ampliación del régimen de visitas, que casi podría equipararse efectivamente a una custodia compartida. Según se explica en el documento: “Debe ampliarse el régimen de visitas y estancias en los términos solicitados por el demandado apelante al no concurrir obstáculo alguno que no lo justifique ni la distancia del centro educativo y domicilio del demandado dada su proximidad entre ambos”. En total, a Alberto Martín le corresponderán quince días o más dependiendo del mes. Esta sentencia, dictada por tres jueces -dos hombres y una mujer-, empezará a ser efectiva desde el mismo 20 de julio, aunque Lydia Bosch puede recurrir en una “instancia extraordinaria”, en el Tribunal Supremo.

Estas nuevas modificaciones, que benefician rotundamente al arquitecto y dejan sin efecto la mayoría de las peticiones que en su día solicitó Lydia Bosch, es el resultado del recurso que Martín interpuso contra la sentencia dictada el 18 de octubre del 2010 en el juzgado de Primera Instancia nº 3 de Pozuelo de Alarcón en autos de divorcio nº 658/09. El fallo es contundente y anula, por ejemplo, uno de los aspectos económicos referidos a lo que podría definirse como una elevadísima “pensión compensatoria”. En ese punto la audiencia confirma “no haber lugar al reconocimiento de compensación económica a favor de Doña Lydia Boquera de Buen”. Según el fundamento de derecho en el que se han basado los magistrados, “no consta que la esposa se haya encargado de un modo directo, único y exclusivo de las tareas del hogar familiar ya que estas funciones estaban cubiertas con el servicio doméstico amplio que gozaban los litigantes”. Según han confirmado aVanitatis, siempre hubo en la casa familiar tres personas fijas que llegaron a ser cinco cuando nacieron los mellizos.

Alberto Martín, muy satisfecho

Otro de los puntos referenciales para eximir al ex-marido del pago de los 350.000 euros, cantidad que en un principio la actriz fijó en 500.000 euros como “compensación por trabajar para la casa” ha sido la siguiente conclusión: “Tampoco consta una dedicación única y exclusiva de la demandante al cuidado de los hijos, sino que estos cuidados eran compartidos y distribuidos por ambos conforme a las necesidades puntuales de carácter familiar y laboral, como tampoco ha concurrido un quebrantamiento en las expectativas profesionales, laborales y económicas de la demandante durante la vigencia del matrimonio canalizando sus ingresos a través de la mercantil MABOQ y sin que haya supuesto detrimento económico patrimonial”.

Y en lo que respecta a la manutención de los hijos comunes, también hay un cambio cualitativo y cuantitativo. Cuando se planteó la separación, la actriz solicitó 23.000 euros para no ir a un divorcio contencioso. Esta cantidad se suponía englobaba todos los gastos. No hubo acuerdo y se inició una guerra unilateral con una denuncia contra el arquitecto por abusos que se desestimó en todas las instancias judiciales. Después solicitó una manutención de 15.000 euros. Más tarde, 7.500 euros que el juez de Pozuelo fijo en 6.000. Ahora la Audiencia ha dictaminado 2.800 euros por ambos niños. “Debe cuantificarse la pensión del progenitor no custodio en la suma mensual de 2.800 euros como una cantidad más ponderada al principio de proporcionalidad. Ambos progenitores deberán abonar el 50% de los gastos extraordinarios”.

Después de dos años y medio de lucha judicial, con denuncias y recursos, esta sentencia de la Audiencia Provincial favorece las peticiones de Alberto Martín y sobre todo en las referidas a pasar más tiempo son sus hijos, que ha sido siempre la obsesión del arquitecto. Según la información recabada por Vanitatis, el ex-marido de la actriz está muy satisfecho con el dictamen. Aún faltan por solucionar temas referidos a la mercantil. Aunque en fecha 20 de enero hubo una sentencia que confirmaba “la gestión desleal” de Bosch y confirmaba la petición de la otra parte de retirarla como administradora societaria.

Paloma Barrientos/Vanitatis

Fuente:





El autor del blog: Es evidente que hay jueces justos que se atreven a desafiar a una filosofía (de género) que solo nos ha traído dolor e injusticias. ¡¡¡POR FIN UN POCO DE CORDURA EN EL PODER JUDICIAL!!!
Esperemos que, con el paso del tiempo se recupere la cordura judicial, esta se puede conseguir con una independencia real del poder judicial del ejecutivo de turno.

El poder judicial, sus representantes, “los dispensadores de justicia y aplicadores de la ley” deberían de no tener ideologías ni filosofías políticas pues este hecho les hace caer en la falta de objetividad e imparcialidad.
A todo juzgador que se le detecte cualquier tipo de inclinación política debería de ser inhabilitado como norma fundamental para garantizar una sentencia justa e imparcial.

Es injusto negar el derecho a defender una ideología política a todo ciudadano, pero una cosa es defenderla por sus creencias o ideas y otra aprovecharse del de su status o posición de poder y hacer sentencias que tienen más que ver con la injusticia que con lo que jura defender al tomar posesión de su cargo. En el supuesto de que un juzgador tenga su ideología política, ésta la debe dejar en su casa y olvidarse de ella cuando llega a su trabajo, como garantía de ser justo e imparcial en su sentencia.  
Todo juzgador debería ser sometido a un examen psicológico para determinar si esa persona está preparada para comprender que, por el tipo de trabajo que desempeña se debe olvidar a la hora de juzgar de sus creencias políticas, religiosas y cualquier otra filosofía que practique. Así como tampoco debe tener en cuenta las tendencias e inclinaciones que procese el juzgado como garantía de una sentencia justa.

Prácticamente todo lo aquí comentado ya está previsto por la ley. ¿entonces, por qué se permite todo lo contrario a lo expuesto?
Es fácil la respuesta; porque vivimos en una plutocracia, donde los que ostentan el poder hacen lo que le da la gana  u ordena el poderoso (económica y políticamente hablando)  de turno. No existen leyes que castiguen estos delitos, y si existen no se aplican al no existir una SOCIEDAD CIVIL (LEGITIMA Y SOBERANA, ÚNICA que representa la voluntad de un pueblo o nación) a la que habría que rendir cuentas y la única que puede exigir responsabilidades a sus gobernantes que son elegidos para que gestionen y administren todo el patrimonio de un pueblo o nación. La SOCIEDAD CIVIL, debería tener el poder de destituir a sus elegidos para estas funciones cuando estos no cumplan con el trabajo para el que se les ha votado-elegido, considerando su mala praxis, sus prevaricaciones, sus abusos de poder, sus  apropiaciones indebidas del dinero público como alta traición al estado, haciendo leyes muy severo para castigar este tipo de delitos.

Todo político o cargo público que esté implicado en cualquiera de estos delitos, debería ser automáticamente inhabilitado, juzgarlo por la vía de apremio, por sus relevancia, por su gravedad y por ser de justicia que si es inocente recupere sus cargo y deje de estar injustamente estigmatizado durante años, si es culpable, que caída sobre él todo el peso de la ley y este peso debe ser de lo más severo, la vía de apremio en ser juzgados (por su gran relevancia) evitaría que un corrupto esté años burlándose de la justicia, ya se ha dicho, ALTA TRAICIÓN a un pueblo o nación que le ha dado su confianza.  

¡¡¡POR LA SOCIEDAD CIVIL REVELATE CONTRA LA CORRUPCIÓN E INJUSTICIAS!!!

Esteban Sabio

martes, 12 de julio de 2011

Un asesinato impune

El Ayuntamiento de San Fernando de Henares no quiere reconocer el acoso laboral al jardinero quemado a lo bonzo

  Fuente de los datos: Europa Press. | 01/04/2005
 Los familiares de Flores Espinosa Cepeda, el jardinero del Ayuntamiento de San Fernando de Henares que se quemó con gasolina “a lo bonzo” en marzo del año pasado, dieron a conocer en la Confederación General del Trabajo (CGT) un informe en el que se certifica que Flores se suicidó "debido a la presión que parece haber recibido de manera repetida" en su puesto de trabajo.

El documento, elaborado por Iñaki Piñuel y Zabala, psicólogo y profesor de la Universidad de Alcalá de Henares, sostiene que los testimonios de los trabajadores entrevistados acreditan "la adopción de medidas discriminatorias contra el trabajador en relación a asignaciones de trabajo y turnos; la existencia de amenazas directas contra él por parte de un jefe de equipo, y la denegación u obstaculización de los tiempos de permiso para cuidar a su mujer enferma", entre otras.
Asimismo, afirma que "el trabajador vivía su relación laboral en la sensación de ser perseguido por su activa militancia sindical en favor de los demás trabajadores del Ayuntamiento y con la sensación de amenaza e intimidación, muy especialmente desde el momento en que las medidas de sanción y las presiones incluyeron a su propio hijo, también trabajador del Ayuntamiento".

Por todo ello, concluye que "cabe establecer, sin lugar a dudas, un nexo causal o relación de causa efecto entre la presión que el trabajador parece haber recibido antecedentemente de manera repetida y la posterior conducta suicida que acabó con su vida".
Espinosa, de 53 años de edad, se quemó “a lo bonzo” el 10 de marzo de 2004 en protesta de una sanción disciplinaria que le impusieron tanto a él como a su hijo en el mes de febrero, al ser sorprendidos por un concejal en un bar próximo al Consistorio durante su horario laboral. El edil dio parte de ambos, lo que les supuso una sanción de empleo y sueldo de un día a cada uno.

A partir de entonces, ambos colocaron carteles en las puertas del Ayuntamiento, denunciando su situación, en el mismo lugar donde finalmente Espinosa se prendió fuego.
Francisco Flores Espinosa, hijo del jardinero fallecido, comentó que su padre tomó esa drástica decisión "agobiado por el acoso laboral que padecía". El joven, recordó que el día anterior al suicido su padre le dijo que estaba muy cansado de la situación y que había llegado a pensar en quitarse la vida. Sin embargo, señaló que "nunca" pensó que éste podría llegar a cumplir su amenaza.

"Mi padre era una persona que amaba la vida y tenía muchísimos proyectos. No había nada que indicara que pudiera hacerlo, ni yo ni mi madre nos imaginábamos que pudiera ocurrir algo así", afirmó Francisco, quien añadió que, tras conocer las conclusiones de este informe, su familia iniciará las correspondientes acciones legales.


El director de Recursos Humanos del Ayuntamiento de San Fernando de Henares indicó "desconocer presiones por parte del jefe de equipo del trabajador (como se manifiesta en el informe), ya que las únicas diferencias que pudieron darse tuvieron lugar en una asamblea de trabajadores, y no en una relación empresarial de jefe y empleado, y la discusión quedó solucionada en su momento.
Fuente de los datos: Europa Press.


Mobbing OPINION
Boletín de noticias sobre acoso psicológico


 


El autor del blog: Han pasado seis años de este hecho-asesinato y el pueblo (por el resultado electoral en las municipales) ya lo ha olvidado, sirva este artículo como omenaje–recuerdo de este buen hombre “Sr. Flores”.
Sería ridículo que reconocieran que existió mobbing, es como si alguien declarara que es culpable sabiendo que existe la posibilidad de burlar la ley con su negativa.
“Qué pronto olvida un pueblo la agresión al ciudadano de sus dirigentes, es por ello que son culpables subsidiarios de cualquier agravio por ellos cometido”
Que existió mobbing era más que evidente y eso lo saben muy bien los compañeros de trabajo cercanos a Flores. Ni que decir tiene que en este caso hubo responsables que deberían haber pagado por ello, pero como nuestro sistema judicial es una maravilla a lo que a leyes se refiere y basada en un sistema de gobierno plutocrático, encontraron la laguna legal para librarse de pagar por su crimen. La ley, de lo más absurda que podemos tener en este país, que considera delito la inducción al suicidio, luego en otro artículo decide que quien ha tomado la decisión de quitarse la vida es él y él es responsable de sus actos.
Bonita lección de ignorancia por parte de nuestros juzgadores. En cualquier manual de psicología de primer año se entiende con claridad que una persona bajo la presión adecuada, su cabeza empieza a pensar de una manera poco propia a la normalidad, es en ese campo donde el individuo empieza a concebir ideas disparatadas, locuras que nada tienen que ver con su normal forma de ver la realidad, si a un individuo bajo esta presión se le provoca constantemente, el resultado final es que cometa la locura que ha germinado en su mente.
Por mi parte y a título personal, tuvieron mucha parte de culpa, otra cosa (aplicando la máxima de Lorente Acosta en su particular LIVG; “no es que no sea maltratadores es que no se ha podido probar” es que, gracias a las lagunas legales no se haya podido demostrar.
Y, como una sentencia (lo sé por experiencia) no es sinónimo de que se haya hecho justicia, muy a pesar del valor que todo sátrapa le da por pura conveniencia, estos degenerados de Izquierda Unida de San Fernando de Henares son un nido de corruptos que esconderían a un asesino si es necesario  para no perjudicar al partido.
En relación con mi caso, se han protegido como lobos unos a otros, la diferencia es que yo estoy vivo y aunque más tarde que pronto por la lentitud de la justicia, terminarán pagando por sus desmanes cometidos contra mi persona, su soberbia y el hecho de que se sienten protegidos por un estado de derecho partidista, solo les va a servir para retrasar lo inevitable, gracias a que pertenecemos a Europa, si España no aplica la ley se puede exigir desde fuera de nuestra fronteras y, si esto falla, siempre te queda la opción C, que todos ciudadano tiene el derecho a defenderse de cualquier tipo de agresión y, una vez agotadas las vías legales, si es más que evidente que impera la corrupción, puede y debe defenderse de forma privada. “Si el sistema no te garantiza la justicia, asegúrate tú de que esta exista”. Esteban Sabio.           

miércoles, 6 de julio de 2011

Los corruptos de Izquierda Unida

A LA ALCALDIA DE SAN FERNANDO DE HENARES, SERVICIO SOCIAL, PARTIDOS POLÍTICOS Y POLICÍA LOCAL DE ESTE MUNICIPIO



D. Esteban Sabio Rivas, de 57 años de edad, con DNI: 00654760L y con domicilio en Ada del Somorrostro, 62  3º D. de San Fernando de henares 28830 (MADRID). Con Teléfono nº 676140999. EXPONE LO SIGUIENTE:



1.   Presentado en los servicios sociales el día 23/05/2011 sobre las 13,20 h. con el fin de solicitar trabajadora social que me atienda como discapacitado en grado: incapacidad permanente total, se me cita para el día 01/06/2011, asignándome a la trabajadora D. Carmen Hurtado.

2.   Sobre la 13,30 me llaman por teléfono desde el nº 636754640 indicándome que la cita se cambia al día 31/05/2011, cuando las citaciones de atención a todo ciudadano que es atendido en este servicio social son los lunes y miércoles, no entendiendo  por mi parte esta excepción. (Doc. Nº 1).

3.   Tampoco es comprensible como se me asigna una trabajadora social que está relacionada con una denuncia contra la ex alcaldesa D. Montserrat Muñoz de Diego y la ex concejal D. Mercedes Vara Gutiérrez por falsedad en documento público y discriminación a un discapacitado.

4.   Asesorado por los servicios de asesoramiento de los que dispone la administración de justicia, así como por vía personal, coinciden en que llama la atención ese trato diferente en el día de la citación sin una explicación razonable, también coinciden, en palabras de un asesor “que la  asignación de una trabajadora social que está implicada en una denuncia, puede derivar en un trato poco o nada imparcial, no ajustándose a la exigible profesionalidad o código deontológico”.

5.   También coinciden en que lo razonable es que se me asigne otra trabajadora social, que no tenga nada que ver en el procedimiento mencionado como forma de evitar enfrentamientos estériles o provocaciones con intenciones malsanas. Adjunto certificado de la incapacidad vía registro para evitar la alegación de desconocimiento del mismo por ya haber sido objeto de negación por este servicio social. (Doc. nº 2). 

Por todo lo expuesto, solicito el cambio de trabajadora social, que se me atienda en los días que lo hace este servicio social a todos los ciudadanos o se me dé una explicación por escrito de la citación fuera de los días dedicados a la atención.  



En San Fernando de Henares a 26 de Mayo de 2011.

Como imaginareis, esta cuadrilla de corruptos no han contestado, en los servicios sociales y por arte de birlí birloque, a Montserrat Ripoll le desaparece este documento (el sellado en el registro) pues iba junto a otros documentos de Montse que la "trabajadora" social se llevó a fotocopiar en un asunto relacionado con Montse. Curiosa forma de desaparecer un documento, y curiosa forma de demostrar que este partido (I.U.), después de tantos años en el consistorio, se ha "enquistado" y tiene a su alrededor una especie de "mafia", que apesta. Esta "mafia" está arraigada en cualquier organismo público al que tenga acceso este ayuntamiento que, con 34 años en el consistorio Sanfernandino, los tratos y deudas de favor han crecido como hongos alrededor del mismo. Este trato de favor se nota hasta en los juzgados de Coslada y, en su momento, contaré la charada de juicio que tuve con el "Sr." Setien, donde, yo que era el denunciante, parecía el denunciado, se juzgó a mí por un panfleto que pegué por San Fernando (que no estaba denunciado) en vez de al Alcalde, por no permitirme entrar en un acto público, siendo esto lo denunciado y lo que se debería juzgar. Como he dicho, en su momento relataré esta charada, con pelos y señales, con las manipulaciones de Carmen Criado al leer mi denuncia, cambiando el texto, leyéndolo la juez y esta ni se inmutó, lógicamente, esto que digo, está grabado en la grabación del juicio, donde se ve que fue todo una auténtica pantomima, por cierto, el alcalde llevaba tres abogados, yo ninguno. Esto es lo que entienden por justicia algunas juezas de los juzgados de Coslada. Aun así, debo romper una lanza en nombre del juzgado nº 5, pues gracias a su bien hacer, lo que pretendió siempre este ayuntamiento, que era llevar el "asunto" del IVIMA y la discriminación por el registro de los malos tratos, se le fue al traste, pues no ha habido malos tratos, como así consta en ese juzgado y en la colección de absoluciones que poseo ante tanta denuncia falsa orquestada desde los servicios sociales, manipulando a la madre de Montse, pues se conocen desde hace muchos años ya que Antonio Ripoll trabajó en este ayuntamiento.
Este asunto tiene mucha miga, pero ya queda menos para terminar de darle forma, con documentos que demostrarán toda la mierda que hay en este ayuntamiento, sus manipulacines, tergiversaciones para negarme un certificado de convivencia he imperdirme 2 años cobrar la paga por discapacitado, todo, todito, está bien organizado, redactado y por supuesto, DENUNCIADO. No voy a parar hasta que ciertas delicuentes entren en la cárcel, por se de justicia, es lo mejor que les puede pasar  . Son ¡¡¡BASURA!!! No me extraña que varios policías locales acabaran yéndose, huyendo de obedecer a tanto sátrapa, en especial, cuando estaba la soberbia Montserrat Muñoz, la que me mandó con una ambulancia al psiquiatra del hospital de la princesa cuando estaba en huelga de hambre, menuda degenerá y manipuladora está hecha, es más manipuladora que fea, y fea es un rato largo (espero que decir de una persona fea que es fea, no sea un delito, aunque quien sabe, en un sistema corrupto, es delito decir la verdad),  ella es la que tiene que ir al psiquiatra, pues tanta malicia solo cabe en una mente enferma.

Firmado: Esteban Sabio Rivas.