A MIS AMIGOS

Lucho contra todo tipo de injusticias, en especial las provocadas por la L.I.V.G. y los sobresueldos (lease estafa al pueblo Español) de la CASTA. Si eres autor de algún artículo subido a este blog y no deseas que el mismo este publicado aquí, ruego me lo comuniques por via e-mail. Logicamente solicitaré tu identificación para evitar ser víctima de algún indeseable. http://libertadexpresion-stfn.blogspot.com E-mail: stfnwave@gmail.com



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martes, 10 de enero de 2012

Esas santas de su devoción




El intento de imponer la expresión "violencia de género" no es neutral, y tampoco responde al documento aprobado en la Conferencia de Pekín sobre la mujer.
Actualizado 2 enero 2012

La tendencia de lo políticamente correcto a crear sus propias interpretaciones dogmáticas de los fenómenos sociales, y a imponer el empleo de las palabras “canónicas”, se ha manifestado una vez más a propósito del último caso de asesinato de una mujer a manos de su pareja en España. El hecho de que en un comunicado del Ministerio de Sanidad para condenar el asesinato se hablara de “violencia en el entorno familiar”, ha despertado críticas indignadas de algunos colectivos por no utilizar la expresión “violencia de género”.
Se ha dicho que la expresión “violencia de género” es el término acuñado por la ONU en la Conferencia de Pekín sobre la Mujer (1995), y que por lo tanto es el que debe emplearse en vez de eufemismos como “violencia doméstica” u otros similares. Es curioso que dentro de las varias posibilidades para referirse a este fenómeno solo deba emplearse una, como si las demás estuvieran proscritas.
Pero aún más extraño es que cuando se acude a la fuente –la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing– en su versión española, y se hace una búsqueda en el documento, resulta que al hablar de la violencia que sufre la mujer se utilizan las siguientes expresiones:
  • “violencia contra la mujer” o “contra las mujeres”: 80 veces
  • “violencia en el hogar”: 5
  • “violencia doméstica”: 3
  • “violencia de género”: ninguna
  • “violencia sexista”: ninguna
  • “violencia machista”: ninguna
O sea, para consagrar la exclusiva de “violencia de género” hay que hacer violencia al documento de Pekín, que ignora la expresión. La palabra “género”, tan discutida en la Conferencia y que motivó aclaraciones y reservas por parte de algunos países, sale 203 veces, pero no en el contexto de la violencia.
El empeño de algunos sectores por utilizar en exclusiva la expresión “violencia de género” refleja que el término “género” es deudor de una determinada ideología.
Así lo explica en un agudo artículo publicado en ABC, el catedrático de Lengua Española Manuel Casado, que recuerda que la Real Academia Española se pronunció, por razones estrictamente idiomáticas, en contra de la expresión “violencia de género”, cuando se iba a aprobar la ley, proponiendo sustituirla por “violencia doméstica” o “por razón de sexo”. Pero ¡qué sabrán ellos!, dijeron entonces los adalides del pensamiento PC, y el gobierno de Zapatero les ignoró.
La resistencia a referirse al entorno familiar en este contexto impide ver que muchas veces la violencia contra la mujer encubre patologías en la estructuración de la familia que el pensamiento PC prefiere no plantearse (cfr. Aceprensa, 23-12-2011).
Con tal de que se luche contra la violencia sufrida por una parte de las mujeres, cada uno es muy libre de emplear la expresión que considere más apropiada. El lenguaje, efectivamente, es importante. Y precisamente por eso hay que evitar la imposición monolítica de un lenguaje ideológico.

El autor del blog: Y dale con la barita. Estas feminazis siguen con su adulteración del lenguaje. Partiendo de la base de que la violencia no tiene género, en el supuesto de que se le quiera atribuir se debería de concretar que género ha cometido la violencia, es decir, si se acuña el disparate de “violencia de género” es de suponer que la pregunta se desprende por sí sola de esa acuñación ¿de qué género? Por lo tanto, las acuñaciones (y que conste que no estoy de acuerdo) deberían ser dos (desde el principio básico de la naturaleza), “violencia de género femenino” y “violencia de género masculino”, sería más justo, dentro del disparate que para mí (como para nuestra real academia de la lengua) conlleva.
  En San Fernando de Henares (unos de los bastiones más fuertes del feminazismo), el “Sr.” Alcalde utiliza la expresión “violencia machista”, cuando se refiere a la violencia que ejerce un hombre contra una mujer, como dice el y así explica en su blog. Abría que preguntarle que, según él, cuando la violencia la ejerce la mujer contra un hombre, si tendríamos que llamarle “violencia hembrista”. Es evidente que este cenutrio negará que exista la violencia de la mujer hacia el hombre, pero no porque no sepa que esta existe, sino porque políticamente (ya estamos) no le interesa, no le da votos, no le da dinero.
A ver berzotas, pedazo de betún que eres más simple que el asa de un cubo. La violencia es simplemente violencia, la ejerza quien la ejerza y contra que o quien se ejerza, por lo tanto, si se es un ciudadano honesto (de esto último tienes muy poco) se está en contra de la violencia en todas las formas que esta se manifieste, punto. Y como creo que sabrás, la violencia en la pareja (esto es matizar) es bidireccional, (por si eres también un poquito corto, se da en las dos direcciones, es mutua) suele empezar de forma psicológica y puede acabar como algunas veces por desgracia acaba, con el asesinato, y es detestable lo  cometa quien lo cometa, un hombre, una mujer, una institución, una ex alcaldesa, una ex concejal un ex jefe de recursos humanos, como si lo comete el padre de Domingo Ortega. Mira tu por donde, “asesinato” es masculino singular, según las depravadas feminazis  habría que acuñar el palabro “asesinata”, femenino singular, para cuando el asesinato lo comete una mujer asesina. Ahíïïï perdón, según los sátrapas que confiesan con la filosofía del género degenerado, las mujeres son unas santas y no cometen violencia ni delitos. Mira tú por donde, con documentación aplastante que lo demuestra, en tu partido tiene auténticas maltratadoras, asesinas de hombres, y cuando digo hombres no me refiero a los que son como tú, eunuco castrado, esto es lo que son precisamente todas la feminazis nacidas con pene. ¿Quién manda en tu casa? Seguro que la respuesta es “los dos”, pero eso no se lo cree nadie, simplemente es la respuesta políticamente correcta.

El autor del blog….    …es decir, según Izquierda Undida (deSan Fernando de Henares y con permiso de la hache); El maltratador. El vago. El delincuente. El drogadicto y el cabrón que va a meter a Montserrat  Muñoz de Diego y Mercedes Varas Gutiérrez en la cárcel, tarde lo que tarde, así tengamos que llegar al tribunal de Bruselas, y me lleve en el mismo lote alguna “jueza” feminazi, como se vislumbra en las investigaciones que existe . Si supieras la de gente que espera esto, fliparás en realidad virtual, lo de “en colores” ya está anticuado.
Por cierto, es los juzgados de Coslada, “asuntos” míos, se han llevado directamente al provincial por considerar que no estaban preparados para juzgarlos con imparcialidad. ¿Miedo a cometer prevaricación? o ¿una forma de quitarse de en medio para que la mierda no le salpique? Conozco muy bien la mierda que había en esos juzgados, y si hablo en pasado es porque desconozco lo que hay ahora y no soy de los que opinan sin base ni razón, “de lo que no se sabe no se opina”, En la época a la que me refiero, también conocí algunas jueces dignas de admirar, pero también vi que estas duraban poco en eso puestos. Por algo será, Por algo son o han sido investigados.

domingo, 19 de diciembre de 2010

LIVG=La Inquisición Violenta y Genocida.

LAS COSAS CLARAS: LA EXIGENCIA DE LA DEROGACIÓN DE LA LIVG ES CONDICIÓN PREVIA, Y NECESARIA, PARA APOYAR LA CUSTODIA COMPARTIDA

De Antonio Cabrera Salamanca, el Lunes, 13 de diciembre de 2010 a las 12:59

Por honestidad y rigor intelectual y en defensa del millón de varones inocentes, víctimas de la execrable ley de violencia de género, me siento en la obligación moral de reiterar mi postura en relación con la custodia compartida. Estoy a favor de todos los movimientos que promueven la adopción legal de la custodia compartida -impuesta judicialmente por defecto, con carácter general en los procedimientos de separación o divorcio- pero sin olvidar que esta justa reivindicación está siendo utilizada (incluso alentada) torticeramente por la casta política en su beneficio político con objeto de desviar la atención de la opinión pública del verdadero y lacerante problema, del drama terrorífico que ya ha llevado preventiva y automáticamente al calabozo a un millón de varones inocentes: la ley integral de violencia de género (LIVG) y la monstruosa vulneración de los Derechos Humanos que conlleva su aplicación, mediante procedimientos PENALES sumarísimos (Juicios Rápidos) a cargo de tribunales de excepción (Tribunales de Violencia sobre la Mujer); una ley medieval y totalitaria que criminaliza y pisotea los derechos fundamentales de todos los ciudadanos (varones) por el hecho de serlo.
De esta manera, inicua, cruel, hipócrita y demagógica, la casta política utiliza la lógica aspiración a la custodia compartida de los padres separados o divorciados como cortinas de humo y fuegos de artificio, pero políticamente correctos, para desviar la atención de la opinión pública, y lo que es más grave, para confundir a las víctimas infundiéndoles vanas esperanzas de que después de una cosa (la custodia compartida) vendrá la otra por añadidura (la derogación o modificación sustancial de la LIVG). Falso. Nada más lejos de la realidad. Una verdadera trampa. Meros brindis al sol de los mismos (toda la casta política) que promulgaron, y siguen potenciando hasta límites insoportables, la execrable LIVG, conscientes de que cualquier ley, actual o futura, nacional o autonómica, que haya o pueda haber sobre la custodia compartida siempre será un papel mojado mientras persista la LIVG que, en todo caso, prevalecerá frente a todas ellas por su carácter de "ley orgánica".
Por si quedaba alguna duda, la última vuelta de tuerca de la LIVG que modificará el Código Civil (Art. 92) las ha disipado todas. Así, el padre que esté "incurso" en una denuncia por violencia "de género" (sin necesidad de que haya sentencia, ni siquiera que esté imputado), se le retirará, no ya la custodia de los hijos -que nunca se le otorga, salvo rarísimas excepciones-, sino todo régimen de visitas con sus hijos. Rasputín Rubalcaba (RR) dixit.
Por todo ello quiero dejar claro que soy contrario a cualquier movimiento en favor de la custodia compartida trampa. O sea, que no apoyo ningún movimiento en su favor que no plantee como prioridad absoluta la exigencia, previa y rotunda -por más políticamente incorrecta que resulte- de la derogación -o modificación sustancial- de la bárbara LIVG.
Honestamente creo que ambas cosas, la exigencia sin complejos de derogación de la LIVG (y sus derivadas perversas: SAP, denuncias falsas,...) y la custodia compartida tienen que ir, necesaria e indisolublemente, unidas. Lo contrario sería hacer el juego a la ideología de género y a sus palmeros: Gobierno, partidos políticos, CGPJ, medios de comunicación, y por encima de todo, al feminismo montaraz y totalitario.

El autor del blog:
Todo intento de custodia compartida por parte de los partidos políticos será pura demagogia, promesas electorales a la caza del voto perdido, si antes no se deroga la LIVG, por la sencilla razón de que esta ley es de rango superior, más las trampas legales de que cualquier padre inmerso en una denuncia por maltrato, sin sentencia y sin que este maltrato haya sido demostrado es causa suficiente según esta injusta y discriminadora ley, para negarle al padre la patria potestad y, que a la vez niega al hijo su derecho fundamental a relacionarse con el padre. No olvidemos que este disparate de ley fue aprobada por todos los partidos políticos, por lo tanto todos son culpables del gran daño que se está haciendo a nuestros hijos y tan solo con una simple denuncia de la madre, como única testigo, pisoteando la presunción de inocencia, y anulando la posibilidad de que exista (como suele se lo normal) denuncia falsa. Esta ley lo único que hace es proteger la industria del maltrato pues lo que es proteger a la mujer no la protege, como ya se lleva años observando. Entonces ¿Por qué tanto empeño en mantener esta execrable ley? Mucho me temo que los intereses de mantenerla nada tienen que ver con la protección de la mujer y sus intereses obedecen a intereses espurios.
La mejor respuesta ante tanta insensatez es no votar a ningún partido que no contemple la derogación de esta ley en sus programas electorales y exigirles un compromiso por escrito en el supuesto que lo contemplen en sus programas para evitar el “lo prometido en los programas electorales no se está obligado a cumplirse”, lo que es práctica muy común entre todo partido, luego les extraña la desconfianza del ciudadano hacia LA CASTA, cuando constantemente dan prueba de engaño, de lo que tiene prácticamente todos matrícula de honor, siendo este el único honor que tienen.
A la altura que está ya la ciudadanía al respecto de la LIVG, todo partido que pretenda seguir viviendo de ella, está caminando por un camino equivocado.   
¡EN EL BIEN DEL MENOR DEROGACIÓN DE LA LIVG!
Esteban Sabio

sábado, 18 de diciembre de 2010

¿Independencia de poderes? ¡Venga ya! Eso sería una democracia.

Sábado 11 de diciembre de 2010
El Tribunal Constitucional se contradice a sí mismo al desestimar la inconstitucionalidad de la LIVG



Veamos su Sentencia 41/2010, de 22 de julio de 2010, en cuyo fallo ha decidido desestimar las cuestiones de inconstitucionalidad núms. 2755-2007 y 7291-2008 contra la "Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género" (LIVG).


Fundamentos jurídicos (del fallo):

6. El primero de los presupuestos de la razonabilidad de la diferenciación [entre varones y mujeres] es el relativo a la legitimidad del fin que persigue la norma que la incorpora.
a) Al igual que hemos afirmado en resoluciones anteriores sobre otros preceptos del Código penal modificados por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de la exposición de motivos y del articulado de esta última se deduce que el art. 148.4 CP tiene como finalidad principal prevenir las agresiones que en el ámbito de la pareja se producen como manifestación del dominio del hombre sobre la mujer en tal contexto; su pretensión así es la de proteger a la mujer en un ámbito en el que el legislador aprecia que sus bienes básicos (vida, integridad física y salud) y su libertad y dignidad mismas están insuficientemente protegidos. Su objetivo es también combatir el origen de un abominable tipo de violencia que se genera en un contexto de desigualdad y de hacerlo con distintas clases de medidas, entre ellas las penales".
b) En esas mismas resoluciones hemos declarado que, "tanto en lo que se refiere a la protección de la vida, la integridad física, la salud, la libertad y la seguridad de las mujeres, que el legislador entiende como insuficientemente protegidos en el ámbito de las relaciones de pareja, como en lo relativo a la lucha contra la desigualdad de la mujer en dicho ámbito, que es una lacra que se imbrica con dicha lesividad, es palmaria la legitimidad constitucional de la finalidad de la ley, y en concreto del precepto penal ahora cuestionado, y la suficiencia al respecto de las razones aportadas por el legislador".

7. El segundo presupuesto de la razonabilidad de la diferenciación [entre varones y mujeres] normativa cuestionada se refiere a la adecuación o funcionalidad de la medida que la incorpora respecto de la consecución del fin perseguido por el legislador, que se producirá si resulta razonable el entendimiento del legislador de que concurre un mayor desvalor en las lesiones cuando éstas son cometidas por un varón contra quien es o fue su mujer, o tenga o haya tenido análoga relación afectiva, pues sólo entonces resultará razonable que deba imponerse una pena más grave para prevenirlas.

Aplicando este criterio al precepto cuestionado también debemos considerar satisfecho este segundo requisito porque, de acuerdo con nuestra doctrina, "no resulta reprochable el entendimiento legislativo referente a que una agresión supone un daño mayor en la víctima cuando el agresor actúa conforme a una pauta cultural -la desigualdad en el ámbito de la pareja- generadora de gravísimos daños a sus víctimas y dota así consciente y objetivamente a su comportamiento de un efecto añadido a los propios del uso de la violencia en otro contexto. Por ello, cabe considerar que esta inserción supone una mayor lesividad para la víctima: de un lado, para su seguridad, con la disminución de las expectativas futuras de indemnidad, con el temor a ser de nuevo agredida; de otro, para su libertad, para la libre conformación de su voluntad, porque la consolidación de la discriminación agresiva del varón hacia la mujer en el ámbito de la pareja añade un efecto intimidatorio a la conducta, que restringe las posibilidades de actuación libre de la víctima; y además para su dignidad, en cuanto negadora de su igual condición de persona y en tanto que hace más perceptible ante la sociedad un menosprecio que la identifica con un grupo menospreciado. No resulta irrazonable entender, en suma, que en la agresión del varón hacia la mujer que es o fue su pareja se ve peculiarmente dañada la libertad de ésta; se ve intensificado su sometimiento a la voluntad del agresor y se ve peculiarmente dañada su dignidad, en cuanto persona agredida al amparo de una arraigada estructura desigualitaria que la considera como inferior, como ser con menores competencias, capacidades y derechos a los que cualquier persona merece" (SSTC 59/2008, de 14 de mayo, FJ 9; 45/2009, de 19 de febrero, FJ 4; y 127/2009, de 26 de mayo, FJ 4).

8. Además de la razonabilidad de la diferenciación [entre varones y mujeres], que se concreta en los dos presupuestos anteriores, el principio general de igualdad exige también que la misma no conduzca a consecuencias desproporcionadas que deparen que dicha razonable diferencia resulte inaceptable desde la perspectiva constitucional.

11. Por último, tampoco podemos compartir que la previsión normativa analizada desconozca el derecho a la presunción de inocencia (art. 24.2 CE) y el principio de culpabilidad, puesto que, frente a lo alegado en los Autos de promoción de estas cuestiones, el art. 148.4 CP no se sustenta en la existencia de una presunción legislativa de que en las agresiones del hombre hacia quien es o ha sido su mujer o su pareja femenina afectiva concurre una manifestación de discriminación (???????????????), sino que, tal y como hemos señalado en relación con otros preceptos penales cuyo origen se encuentra en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, "lo que hace el legislador, y lo justifica razonablemente, es apreciar el mayor desvalor y mayor gravedad propios de las conductas descritas"

(SSTC 59/2008, de 14 de mayo, FJ 11; 81/2008, de 17 de julio, FJ 4; y 127/2009, de 26 de mayo, FJ 6).

¿Y DE DÓNDE VIENE ESE MAYOR DESVALOR?... Por si no fuera suficiente lo que el mismo Tribunal Constitucional ha escrito en esta misma sentencia en párrafos anteriores, veamos lo que dice en el párrafo siguiente y último de la sentencia antes del fallo.



"De igual modo, tampoco cabe considerar que se castigue al concreto autor por hechos cometidos por otras personas, al modo de una culpa colectiva, ni tampoco cabe estimar la alegación, inserta en la duda sobre el principio de igualdad, relativa a que la medida penal cuestionada es propia de un "Derecho penal de autor". Tal y como afirmamos en la STC 59/2008, de 14 de mayo, para rechazar idéntica alegación, "que en los casos cuestionados el legislador haya apreciado razonablemente un desvalor añadido, porque el autor inserta su conducta en una pauta cultural generadora de gravísimos daños a sus víctimas y porque dota así a su acción de una violencia mucho mayor que la que su acto objetivamente expresa, no comporta que se esté sancionado al sujeto activo de la conducta por las agresiones cometidas por otros cónyuges varones, sino por el especial desvalor de su propia y personal conducta: por la consciente inserción de aquélla en una concreta estructura social a la que, además, él mismo, y solo él, coadyuva con su violenta acción" (FJ 11).

 Bien... El "mayor desvalor" se justifica por tratarse de conductas donde existe UNA MANIFESTACIÓN DE DISCRIMINACIÓN MACHISTA. Si el Tribunal Constitucional quiere aclarar de una vez que eso ha de ser PROBADO en cada caso concreto en el juicio (y que por tanto no es una PRESUNCIÓN legal), que lo diga con claridad. Pero claro, si lo dice, entonces tiene que declarar la LIVG como inconstitucional, pues en esa ley se dice EXPLÍCITAMENTE que eso ocurre en TODOS los casos (así se define la violencia de género en el artículo 1.1 de la LIVG, y por eso se obvian esas circunstancias machistas y se alude simplemente al SEXO en los artículos modificados en el Código Penal). Así lo han entendido los jueces en MILES de sentencias y por eso se denuncian esos atropellos (aunque el T. Supremo haya ido estableciendo una jurisprudencia ambigua con algunas sentencias en las que parece seguir los pasos del T. Constitucional, que está, sin embargo, forzando y retocando lo que la ley dice en realidad). Así lo sostienen siempre que tienen ocasión los grupos feministas que han diseñado, escrito y promovido esta ley.  La letra de la ley no ofrece dudas, y menos cuando sus propias autoras sostienen sin rubor que el machismo está presente en todos los casos... No se puede convertir en constitucional una ley que no lo es forzando una interpretación (para salvarle la cara) que desdice lo que está en la letra de la ley y lo que sus autoras han querido trasladar a la letra de la ley. El Tribunal Constitucional se limita a decir que la LIVG es "constitucional" porque es razonable apreciar el "mayor desvalor y gravedad de esas conductas", pero no hace explícito que las circunstancias machistas han de ser probadas en juicio, y no lo hace porque está evitando la confrontación directa con las autoras de la ley, con la interpretación habitual de la ley y con la propia letra de la ley. Al declarar la constitucionalidad de la LIVG, el T. Constitucional contribuye de hecho a AFIRMAR (aunque lo niegue) la validez de la PRESUNCIÓN de la concurrencia de una manifestación de machismo establecida en la LIVG. ¿Hace falta explicarlo más...? ¿Por qué niega el Tribunal Constitucional lo que a su vez, y de hecho, contribuye a afirmar...?

¿Nadie piensa exigir al Tribunal Constitucional que responda ante esta contradicción? Hummmmm...


El autor del blog:
Admiro al autor del blog “misrizos”, un libre pensador con una gran  sutileza para ver las trampas dialécticas intencionadas con la clara finalidad de que se dé la posibilidad del error al interpretar la ley. La ley, debe ser clara y concisa, evitando la posibilidad de una falsa interpretación, con la cual se consigue lo contrario de lo que la ley persigue; justicia, y lo contrario  es fácil interpretar; INJUSTICIA.
Si el legislador, que no debe ser tonto, legisla con esta malsana intención, creando lagunas y dudas, brechas en el estado de derecho por donde el rábula o leguleyo campa a sus anchas, los que pensamos un poquito, deporte este que está en desuso, ¿A qué conclusión se supone que debemos llegar? Es sencillo, si el legislador no legisla con la libertad de que es un órgano independiente, su legislación será perogrulladas como esta, dejando claro su falta de independencia y obediencia a LA CASTA, si no existe independencia entre poderes, no existe la DEMOCRACIA. Para llegar a esta conclusión solo es necesario PENSAR.  
Este magnífico artículo lo deja bien claro, es otra prueba más de que el TC está al servicio de LA CASTA y, en el especial del desgobierno de España (léase desgobierno del PSOE). Esta pandilla de fascistas, escondidos detrás de una falsa democracia han convertido España en un fascismo FEMI NAZI ANAL SOCIAS LISTAS (F.N.A.S.L.) que, escudados en una constitución que no cumplen e interpretan según sus intereses privados y personales se están enriqueciendo a costa de dejar a España en la más cruel y traidora de las ruinas.
A base de cortinas de humo, programas basura, futbolito y demás disfraces, tienen al ciudadano medio totalmente entretenido y despistado sin que se enteren de lo que realmente se cuece en este nuestro país, justo lo que hace cualquier gobierno dictatorial, idiotizar al ciudadano, bombardeándole constantemente con los medios de comunicación que están a su servicio. ZP, en su tremenda idiotez, de la que se aprovecha todo crápula (recordemos que Hitler era, posiblemente, el menos malo entre todos los  que le rodeaban) que le rodea, está provocando que nuestro país caiga en un retroceso sin precedentes desde el inicio de esta supuesta democracia. Deja campar a sus anchas a una ideología criminal como lo es el feminismo radical, sin ninguna base científica, imponen sus postulados al mejor estilo estalinista y el que no confiesa con los mismos, ponen en marcha el motor de la represión, fabrican pruebas falsas contra el disidente y se lo quitan de en medio, bien consiguiendo que este entre en prisión o bien condenándolo a un total ostracismo inmerso en una ruina económica total, de la que cuesta mucho salir, cuando no se convierte en algo imposible.
Nadie, que esté en el poder y esté sacando beneficios (que son muchos, los beneficios y los que están en el poder) de esta situación va a hacer nada por arreglar esta situación, así de ególatra y cruel puede llegar a ser la mente humana. Somos los ciudadanos, los que unidos podemos poner fin a una situación de caos que nos está llevando a un deterioro de los valores, deterioro en la calidad de vida y deterioro de las relaciones humanas.
El político es al pueblo lo que los padres a sus hijos, ellos se convierten en un modelo a seguir, el pueblo es como un niño, este no obedece, imita. Hasta que descubre que esa imitación solo tiene un posible final; su destrucción.
Los ciudadanos debemos promover la verdadera democracia, aquella en cuya virtud el ciudadano sabe que controla a sus dirigentes, se siente representado por ellos y hace uso en ocasiones de la democracia directa a través de las nuevas tecnologías.

Los ciudadanos, por el bien de la sociedad, debemos  convencernos  de la  necesidad de abrir un proceso constituyente en España que abra las puertas a una verdadera democracia y a un sistema racional y eficaz del gasto público. Demostrar que estos objetivos se consiguen si la sociedad ejerce un control real sobre el poder político y se limitan sus privilegios.           

¡Basta ya de que sean los corruptos los que sienten al juez en el banquillo!

¡POR LA DEMOCRATIZACIÓN DE LA JUSTICIA YA!

Debemos, exigir la elección directa de los miembros de:
- Consejo General del Poder Judicial.
- Tribunal Supremo.
- Tribunal Constitucional.
- Tribunales de Justicia de las Comunidades Autónomas.
- Someter a todos a un examen de actitud para comprobar si está a la altura para llevar su cargo con honradez y equidad al margen de ideologías políticas, religiones, color, raza u orientación sexual.
Esta elección directa de los miembros es razonable en una verdadera democracia, estos miembros no dejan de ser funcionarios al servicio de toda la sociedad, y en uno u otro cargo, siempre seguirán siendo funcionarios y deben ejercer su trabajo al margen de ideologías políticas. El político es pasajero,  (salvo que se dé la circunstancia de que sea funcionario y ostente un cargo político, eso condiciona y no creo que sea prudente), su mandato dura lo que dura su periplo ganado por medio del voto, volviendo luego a su condición anterior.
Al político no se le debe elegir por las siglas que representa, eso es un grave error, en particular, porque ese invento de la izquierda o la derecha se difumina en el pasado, porque así era, pero todo está en constante cambio y al final son sencillamente grupos homogéneos que pugnan por el poder. Hay que votar al hombre por lo que es, por sus méritos, porque demuestra que tiene corazón de líder, hay que votar por lo que hace, no por lo que dice y las siglas a las que representa.
Un “buen Líder”, puro, sabio y equitativo, un buen político, mantiene lo que su antecesor hizo bien y corrige y mejora lo que por error o equivoco hizo mal, siempre pensando en el bien de la sociedad en general y no bajo el dominio sectarista de las siglas a las que pertenece, cuando está en el poder, no pertenece a esa siglas, pertenece a la sociedad entera, al margen de ideologías políticas, religiones, color, raza u orientación sexual.  Cuando acabe su mandato volverá a su grupo al que se debe, pero ya no pertenece ni representa, ni decide para toda la sociedad. Difícil ¿No? Pues ahí está la diferencia entre un verdadero líder y un oportunista que tuvo quien bien le aconsejo, se afilió a un partido y a esperar los cantos de sirena, si los avatares de la vida le señalada con el dedo y por sorpresa ¡zas! “ZP-Zapatero is President” (mejor ejemplo imposible), sin alma de líder se aprovechará del inocente ciudadano que una vez tuvo en atrevimiento de confiar en él. El gran problema de este tipo de personajes que llegan al poder es lo complejo que resulta reparar tantos desatinos cometidos, sobre todo, cuando estos desatinos han desbordado lo medianamente previsible y no hay forma de coger al toro por los cuernos, costará años recuperar el ritmo natural de una sociedad que llevaba un buen ritmo en su progreso, como sociedad, como calidad en la condición humana en constante evolución, evolucionar es ir a mejor como individuo que sabe vivir en sociedad sin renunciar a su individualidad, pues esta individualidad es la que le hace diferente y al saber vivir en comunidad es lo que le hace igual, lo contrario es involución, es retroceder, menos mal que son progresistas.
No todos son capaces de asumir tanto poder, si este le sobrepasa y no comprende que un gran poder conlleva una gran responsabilidad. Se debe tener una templanza a prueba de fuego, sin delirios de grandeza, se tiene que tener una gran dosis de humildad y un amplio  sentido de la equidad. Con palabras sencillas y claras para que todo ciudadano lo entienda; tiene que tener una  conciencia por encima de todo tipo de tentaciones, ser sabedor de lo que representa para que ese poder no se le “suba a la cabeza” y termine siendo un enfermo, borracho de poder, con más peligro que un mono borracho con una hoja de afeitar en la mano. Y, a pesar de todo lo indicado…visible claridad…
…¡Y QUE RINDAN CUENTAS CADA CUATRO AÑOS! ante los ciudadanos que son los únicos que les pueden exigir explicaciones.

Entonces, y solo entonces, podremos decir que España es una democracia, mientras, esto será una pugna de los partidos políticos por el poder por los beneficios que dé el se derivan. Solo les falta que se terminen  asesinando entre ellos como pasó en la segunda república. Dale tiempo al tiempo…
Esteban Sabio